García Carmona Abogados — Arquitectura Fiscal

Optimizar sin riesgos. Planeación fiscal aplicada.

Estructuras tributarias legales, documentadas y defendibles ante el SAT. Reducción de carga fiscal con sustancia económica real para empresas y grupos empresariales en México.

Estructuras holding Planeación patrimonial Precios de transferencia Reestructuras societarias CFDIs y comprobación Jalisco · República Mexicana
10+
Años diseñando estructuras fiscales para empresas mexicanas
5-A
Art. CFF que regula las estructuras sin razón de negocios — lo conocemos a fondo
100%
Estructuras documentadas con contratos, flujos y opinión legal de soporte
24h
Tiempo máximo de respuesta para diagnóstico inicial de tu caso
01 / Servicios de Arquitectura Fiscal

Seis áreas de planeación fiscal para tu empresa.

i.

Estructuras holding

Una holding bien diseñada separa activos de operaciones, centraliza control y optimiza la distribución de dividendos y utilidades del grupo.

  • Diseño de la estructura del grupo
  • Separación activos vs. operación
  • Optimización de distribución de utilidades
  • Régimen fiscal del grupo
  • Protección patrimonial frente a acreedores
  • Análisis de implicaciones LISR e IEPS
LISR · LGSM · CFF Art. 5-A
ii.

Planeación patrimonial

Proteger y ordenar el patrimonio personal y empresarial del empresario antes de que llegue una contingencia fiscal, un conflicto familiar o un cambio generacional.

  • Separación patrimonio personal / empresarial
  • Fideicomisos patrimoniales
  • Donaciones con reserva de usufructo
  • Protocolo familiar empresarial
  • Reducción de ISR en transmisiones
  • Planeación de sucesión empresarial
LISR · CCF · LFTOC · CFF
iii.

Precios de transferencia

Cumplimiento obligatorio para empresas con operaciones entre partes relacionadas en México o con el extranjero. Documentación que resiste revisiones del SAT.

  • Estudio de precios de transferencia
  • Análisis de comparables
  • Declaración informativa DISIF
  • Acuerdos anticipados de precios (APA)
  • Defensa ante ajustes del SAT
  • Operaciones con partes relacionadas extranjeras
LISR Arts. 76, 179–184 · OCDE BEPS
iv.

Reestructuras societarias con enfoque fiscal

Reorganización de grupos empresariales que combina la perspectiva corporativa y tributaria para no generar créditos fiscales no previstos.

  • Fusiones y escisiones
  • Aportaciones de activos a sociedades
  • Cambio de régimen fiscal
  • Liquidación y disolución eficiente
  • Compra-venta de acciones vs. activos
  • Due diligence fiscal previo
LISR · LGSM · CFF · LIVA
v.

Optimización de CFDIs y comprobación

La facturación mal estructurada es hoy la principal causa de rechazos en devoluciones y cuestionamientos de deducibilidad. La documentamos correctamente desde el inicio.

  • Revisión de cadena de comprobación
  • Materialidad y razón de negocios
  • Contratos de soporte a deducciones
  • Complementos de CFDIs especiales
  • Corrección de irregularidades
  • Prevención de EFOS/EDOS
CFF Art. 69-B · LISR · LIVA · LFCF
vi.

Opiniones fiscales y due diligence

Evaluación independiente del riesgo fiscal de una operación, transacción o estructura antes de ejecutarla. Imprescindible antes de compras, fusiones o financiamiento.

  • Opinión legal-fiscal de operaciones
  • Due diligence fiscal en M&A
  • Revisión de contingencias fiscales
  • Análisis de créditos fiscales ocultos
  • Carta de representación para inversores
CFF · LISR · LIVA · LFCF · OCDE
La planeación fiscal sin sustancia ya no funciona. La que tiene sustancia es imbatible.

Desde 2020, el artículo 5-A del CFF le da al SAT la facultad de ignorar cualquier estructura que carezca de razón de negocios — incluso si es formalmente legal. El estándar cambió.

En García Carmona diseñamos estructuras que tienen sustancia económica real: contratos funcionales, flujos documentados, actas corporativas que reflejan la operación y opiniones legales que soportan cada decisión. No vendemos "esquemas". Diseñamos arquitectura que resiste.

02 / La Diferencia

Planeación fiscal defensible vs. esquemas que no funcionan.

Característica Esquema sin sustancia Arquitectura fiscal aplicada
Documentación Solo existe en papel Contratos operativos, flujos reales, actas
Razón de negocios Inexistente o genérica Específica, documentada y defendible
Resultado ante auditoría SAT Crédito fiscal + multas + recargos Posición sólida, argumento sostenible
Sustancia económica Sociedades "fantasma" sin operación Entidades con operación y nómina real
Art. 5-A CFF (cláusula antievasión) Vulnerable — puede ser recaracterizado Diseñado para resistirlo
Horizonte de vida Corto — el SAT los detecta en 2–3 años Largo plazo — escala con el negocio
03 / Preguntas Frecuentes

Lo que nos preguntan sobre planeación fiscal.

i.¿Qué es la arquitectura fiscal y en qué se diferencia de la evasión?

La arquitectura fiscal es el diseño legal de estructuras que permiten reducir la carga tributaria dentro del marco de la ley. A diferencia de la evasión —que oculta ingresos— o de las figuras abusivas del CFDI —que el SAT ya detecta—, la planeación bien estructurada tiene sustancia económica, razón de negocios documentada y cumple con los requisitos del CFF y la LISR.

ii.¿Qué es una estructura holding y para qué sirve?

Una holding es una sociedad que posee acciones de otras empresas (subsidiarias). Permite centralizar el control, separar activos de operaciones, optimizar la distribución de dividendos y reducir la exposición fiscal del grupo. En México se estructura bajo el CFF y la LISR, coordinando siempre la perspectiva corporativa y tributaria.

iii.¿Qué son los precios de transferencia y quién está obligado?

Los precios de transferencia obligan a las empresas con operaciones entre partes relacionadas a pactar precios como si fueran terceros independientes (principio arm's length). En México, las personas morales con partes relacionadas —nacionales o extranjeras— deben documentar sus operaciones y presentar la DISIF. Su incumplimiento genera ajustes fiscales y multas del SAT.

iv.¿Cómo se planea la sucesión patrimonial de una empresa familiar?

La sucesión empresarial se puede instrumentar mediante fideicomisos, donaciones con reserva de usufructo, reestructuras societarias o protocolos familiares. El objetivo es transmitir el control y la propiedad a la siguiente generación minimizando el ISR de la transmisión y previniendo conflictos entre herederos. Requiere coordinar la perspectiva fiscal, civil y corporativa.

v.¿Qué riesgo tiene la planeación fiscal si el SAT la cuestiona?

Desde 2020, el SAT puede calificar como abusivas las estructuras que carezcan de razón de negocios (Art. 5-A CFF). Por eso, cada estructura que diseñamos está documentada con contratos, actas, flujos reales y opinión legal que soportan la razón de negocios. Una estructura documentada es defendible; una que solo existe en papel, no.

vi.¿Cuándo conviene hacer una reestructura fiscal del grupo?

Los momentos más comunes son: crecimiento acelerado donde la estructura original ya no es eficiente; entrada de nuevos socios o inversionistas; preparación para financiamiento o capital privado; separación de líneas de negocio; anticipación de una venta o fusión; o cuando la carga fiscal del grupo es significativamente mayor que la de competidores en el mismo sector.

¿Tu empresa paga más impuestos de los que debería?

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